En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia declara: CON LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato de arrendamiento incoara la ciudadana ROSA MARÍA CORONEL, contra la ciudadana GLORIA ROMERO VÁSQUEZ, todas previamente identificadas.
En consecuencia;
PRIMERO: Se ordena a la parte demandada, ciudadana GLORIA ROMERO VÁSQUEZ, hacer entrega del bien inmueble constituido por un apartamento, signado con el N° 2-A, ubicado en la Urbanización Las Flores, Calle 75, Esquina Avenida 80, en jurisdicción de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a la parte actora, ciudadana ROSA MARÍA CORONEL, todas antes identificadas, por haberse vencido la prórroga legal.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demand.....