JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veinte (20) de Noviembre de 2012. Años 202º y 153º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de dos (02) folios útiles y en trece (13) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana DORALIZ PINO VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.608.565, domiciliada en el Municipio Mara del Estado Zulia, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio TUBALCAIN LABARCA ROVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.499, solicita se les declare suficientes los derechos que tienen ella y su hermana ciudadana DAILYS MARGARITA PINO VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.306.46.....