Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de desistimiento, en el juicio de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO, seguido por el CONDOMINIO DEL EDIFICIO CAROLINA DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VALLE CLARO, contra el ciudadano PASCUALE CAPOGNA MAGNETTI, todos identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiéndole su aprobación, dándole el carácter de cosa juzgada.
B) Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 29 de Noviembre de 2005 y participada con oficio número275-2005/Exp.2051, en consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina de Registro Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, participándole lo conduc.....