Por los hechos y fundamentos legales y jurisprudenciales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano LARRY MORALES contra la Sociedad Mercantil MAMMA BELLA PIZZA EXPRESS, C.A. y en consecuencia, se le condena a que le pague al demandante la cantidad de UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 1.468.395,00), discriminado de la siguiente manera:
ANTIGÜEDAD: La cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 297.000,00) calculados en base a cinco días de salario por cuatro meses de antigüedad mas dos días adicionales, multiplicados por el salario promedio diario d.....