DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el modo anormal de terminación del proceso, en el juicio de Cobro de Cuotas de Condominio, seguido por el Condominio del Edificio LA GUACARA, en contra de las ciudadanas MARIA CAROLINA DAVILA DE MENDEZ y BEATRIZ CRISTINA DAVILA SALAS, todos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto y se le da el carácter de Cosa Juzgada. Asimismo, se suspende la Medida Preventiva de Embargo decretada por este Tribunal en fecha cinco (05) de Octubre de 2011, y ejecutada por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción.....