Por los hechos y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, realizada por los ciudadanos NESTOR ENRIQUE PEREZ BRIÑEZ y TAMARA LUCIA LANDINO QUINTERO, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos NESTOR ENRIQUE PEREZ BRIÑEZ y TAMARA LUCIA LANDINO QUINTERO, en fecha veintiuno (21) de diciembre de 2011, ante la Registradora Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se desprende del acta de matrimonio signa.....