Este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA incoara la ciudadana MILETZI ARIYURI VALERA LEÓN, contra los ciudadanos JORGE LUIS RONDÓN NAVARRO y NEXIDA JOSEFINA GONZÁLEZ URDANETA, todos previamente identificados, en consecuencia, SE ORDENA la venta definitiva conforme al documento de opción de compra-venta celebrado por las partes ante la Notaria Pública Séptima de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha siete (7) de septiembre de 2012, anotado bajo el No. 4, Tomo 109, del inmueble constituido por un apartamento signado con el catastro Nº 07-2624, distinguido con el número 8B, ala B, ubicado e.....