PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ANNILEXIS TRINIDAD RODRIGUEZ SIERRA y DARWIN ERNESTO AZUAJE CASTRO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.918.735 y V-14.831.237, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído el día 14 de Marzo de 2001, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Cacique Mara, del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según Acta No. 71.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que no procrearon hijos ni adquirieron bienes comunes.