DECISIÓN
Por los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Declara la nulidad de los actos procesales cumplidos en la presente causa y acuerda su reposición al estado de que el actor integre la relación procesal mediante el llamado a la causa del ciudadano VALDEIN VALBUENA.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.
Dada, sellada, y firmada en la sala de despacho del Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil tres. Años: 193º y 144º.
EL JUEZ:
Dr. FERNANDO ATENCIO BARBOZA
EL SECRETARIO
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