Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) SE HOMOLOGA la TRANSACCION realizada por la ciudadana MARLENE GARCIA DE BORJAS, con la ciudadana PAULITA BEATRIZ ANDRADE VILCHEZ, en consecuencia, se homologa la misma, dándole el carácter de cosa Juzgada y por último se ordena archivar el expediente.-
B) En cuanto a las COSTAS PROCESALES, se deja constancia que las partes en el documento contentivo de la Transacción homologada, establecieron que cada una asumirían los gastos y costas del proceso, así como los honorarios profesionales de los abogados que las representaron, por lo cual el Tribunal no hace ningún pronunciamiento sobre las mismas