PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil, se declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ANA RAQUEL MENDOZA DE BARILLA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No 14.738.998 y JOSE YSRRAEL BARILLA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 9.198.909, domiciliados en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído el día dieciséis (16) de Septiembre de 1989, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, como se evidencia de acta signada con el No.664.
Se deja constancia, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon un (1) hijo de nombre JHOSSER ISAAC BARILLA MENDOZA, mayor de edad y de este domicilio.