Por los fundamentos expuestos: Este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanosOSWALDO ENRIQUE PALMAR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 6.563.007 y LUZ MARINA VEGA LEON, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 14.138.901, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día seis (6) de Octubre de 1988, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como se evidencia de acta No 429.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon un hijo de nombre OSWALDO JOSE ROMERO VEGA, may.....