Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción incoada por los ciudadanos NANCY JOSEFINA TUDARES DE ORTEGA Y OMAR ORTEGA PORTILLO, en contra del Ciudadano LUIS RAFAEL MARANTE HIDALGO, todos ampliamente identificados en actas, por concepto de DESALOJO.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, en virtud de haber sido vencida totalmente en el presente proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.