En mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la acción incoada por la empresa Mercantil MBE CARGO & SERVICE, C.A, en contra de la empresa Mercantil CONTINENTAL DE GUAYAS, C.A, ambas plenamente identificadas anteriormente.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se deja expresa constancia de la parte actora, estuvo representado por la Profesional del Derecho, ciudadana LAURA IRENE FIGUEROA LEAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogados bajo el Nro.103.448 y la parte demandada estuvo representada por el Profesional del derecho, Ciudadano JAVIER GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Soc.....