III.- Por los fundamentos expuestos:
Éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO (CONVERSIÓN EN DIVORCIO) PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS RONNY ANGELO FREITES VEGA y DARIANA LUCIA BOSCAN DE FREITES, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-19.544.921 y V-20.742.157 respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día diecinueve (19) de Agosto del 2.010, por ante el Registro Civil de la Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas.....