Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- Se HOMOLOGA el acto de DESISTIMIENTO efectuado en fecha 08 de diciembre de 2004, por la profesional de Derecho FELICITA RIVERO QUERALES, quien actuó en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano BARTOLO ANTONIO MORILLO, dándole el carácter de Cosa Juzgada.-
2.- Se ORDENA la devolución del Documento Original del Contrato de Arrendamiento anexado al libelo de la demanda.
3.- Se OREDNA expedir por Secretaria las copias simples de todo el expediente a la parte solicitante.
4.- Se ORDENA el archivo del expediente y su remisión a la oficina del Registro Principal correspondiente con oficio.