Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1) Se HOMOLOGA el acto de DESISTIMIENTO efectuado en fecha 3 de Mayo de 2004, por el profesional de Derecho JUBALDO JOSÉ LOPEZ, quien actuó en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana BELKIS AURORA PAREDES, parte actora en el presente juicio.
2) Se ordena la devolución de originales solicitados, previa certificación en actas.
3) Se ORDENA el archivo del expediente y su remisión a la oficina del Registro Principal correspondiente con oficio.