III.- Por los fundamentos expuestos:
Éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO (CONVERSIÓN EN DIVORCIO) PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS JAVIER CLARET PORTILLO GARCIA y DUBRASKA DE JESÚS QUIROZ MARQUEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-11.456.501 y V-17.584.442, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que ellos contrajeron el día quince (15) de Febrero del 2.006, por ante el Intendente de la Parroquia La Rosa del Municipio Cabimas, Estado Zulia, Acta N° 07.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos, ni adquirieron bienes.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por las Profesionales del Derecho ELIET CHIRINOS y MARIANE.....