DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos JUAN JOSÉ BENITEZ y GREGORIA DEL CARMEN SUAREZ RODRIGUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 9.495.653 y 13.048.163, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha primero (1°) de Octubre del año mil novecientos ochenta y uno (1.981), por ante la Prefectura del Municipio Libertador, del extinto Distrito Baralt del Estado Zulia, inserta bajo el N° 118.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por los Profesionales del Derecho WILLIAM JOSUE AMAYA F.....