En consecuencia, éste Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO LA LIQUIDACIÓN Y PARTICION DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL DE MUTUO ACUERDO, quedando el inmueble adquirido en comunidad conyugal, ubicado en Urbanización Colinas de Bello Monte II Etapa, Calle 6, Casa Ñ-26, en el cual constituye un Préstamo a Interés con Garantía Hipotecaria de Primer Grado sobre el mencionado inmueble, a nombre del ciudadano LEONARDO ALBERTO ACOSTA VILLASMIL y de igual manera la totalidad de las prestaciones sociales causadas en la relación laboral durante el vinculo matrimonial la ciudadana ANA VIRGINIA YAGUAS FREITES, en un cien por ciento (100%) a favor de la prenombrada ciudadana ANA VIRGINIA YAGUAS FREITES. PASANDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Así se d.....