DISPOSITIVA
Por las razones dichas este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil el vinculo Matrimonial existente entre los ciudadanos: CARMEN RAMONA MONTILLA DE ANGULO y JOSE RAFAEL ANGULO, antes identificados, y que estos contrajeron matrimonio por ante la Prefectura del Municipio Chiquinquirá, Distrito Maracaibo del Estado Zulia, en fecha Veintitrés (23) de Diciembre del año Mil Novecientos Cincuenta y Tres (1953). En consecuencia se ordena expedir sendas copias certificadas de la presente decisión al funcionario que presenció el Matrimonio y al Registrador Principal del Estado Zulia, a tenor de lo ordenado en los artículos 475, 506 y 507 del Código Civil.-
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