Ahora bien, este Tribunal instó a los ciudadanos EDIXO ALBERTO LOOPEZ MORENO y MARIA BEGOÑA GONZALEZ MANZANO, antes identificados, a la Conciliación, y en vista de que no pudo lograrse se ACUERDA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, en la forma convenida por las partes. ASÍ SE DECIDE.-