DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Niega la admisión de la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO formulada por la ciudadana MARIA DE JESUS VELASQUEZ URDANETA, titular de la cedula de identidad Numero V-9.789.282 en contra de los ciudadanos JHON LEE ZAMORA NAVARRO y NOELKY DE LOS ANGELES PEÑA QUERO, titulares de las cedulas de identidad Números V-12.412.815 y V-14.582.668 respectivamente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.-