En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Niega la admisibilidad de la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por el ciudadano LUIS ANGEL NAVA FERNANDEZ, ya antes identificada en la presente solicitud.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la virtud del fallo.