DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO en el juicio de DESOCUPACION seguido por la ciudadana GRISELDA DEL CARMEN GONZALEZ REYES contra la ciudadana ELIZABETH GONZALEZ, ya antes identificados, pasando en autoridad de cosa juzgada.