DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO suscrito por la parte demandante en el juicio de DESOCUPACION seguido por el ciudadano NABIH MEIHEM RIMAN ABOU ASSI, (EN SU CARÁCTER DE APODERADA JUDICIAL DE LA CIUDADANA LATIFI THERESA EVELYN ZAHLAN DE ABOU HAMDAN) contra el ciudadano GAETANO ALFIERE PEPE, ya antes identificados, pasando en autoridad de cosa juzgada.