DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda y ratifica el Decreto Intimatorio dictado por este tribunal en la fecha antes señalada, dándole el carácter de Cosa Juzgada y su ejecución forzosa.-
SEGUNDO: Con relación al escrito presentado en la pieza de medida, donde se opone a la misma, este tribunal se abstiene a ser pronunciamiento por haber decidido sobre la causa principal.