Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE ACUERDA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos OMAR TAMAYO DESTRADE Y VILMA MARINA GONZALEZ SUAREZ , el primero de Nacionalidad Cubana y la segunda venezolana, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos. E-84.576.844 y V-11.451.260, respectivamente, domiciliados el primero en el Sector Delicias Nuevas; Calle Las Palmas, Catalina III, Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia y la segunda en la Avenida Intercomunal, Sector Bello Monte, Casa N °136, en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la abogada JUDITH JOA DE CHAVEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N º 31.819, respectivamente, ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas e.....