Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: El derecho del accionante a percibir los Honorarios Profesionales, por las diligencias extrajudiciales, emprendidas por orden y cuenta de los ciudadanos LUIS ÁVILA. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión que por Intimación de Honorarios Profesionales Extrajudiciales incoara el Abogado RODRIGO VALERA venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cédula de identidad Nº V-13.455.554, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103.297, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia en contra del ciudadano LUIS RAFAEL ÁVILA MARTÍNEZ. TERCERO: SE CONDENA al ciudadano LUIS RAFAEL ÁVILA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.455.170, con domicilio en esta ciudad de Cabimas d.....