Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos ALFONZO SEGUNDO NERIS BARRIOS y MARIA LOURDES MOLINA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.451.091 y V-7.843.233, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada LISBETH MONTERO DUNO, con Inpreabogado Nros 47.838 y con igual domicilio; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 11 de julio de 2007, por ante el Intendente de Seguridad de la Parroquia Ambrosio del Estado Zulia. Acta, Nº 84. Ofíciese a los organismos respectivos de esta decisión.
Según manifestación expresa de los cónyuges durant.....