Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 ordinal 1º y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, seguido por ANA RAQUEL MORENO DE MACHADO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.696.419, domiciliado en la Cañada, Sector Los Pozos, calle # 05 casa 31-02, Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, representada por el abogado en ejercicio abogado OLIMPIADES CLEMENTE MORALES PEREZ, con Inpreabogado bajo el Nº 23.393; en contra de la Empresa CORPORACION ZUMAQUE C.A, registrada en fecha , 27 de Noviembre del 2000, expediente 15008, expediente 15008, bajo el Nº 2.....