Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento formulada por el ciudadano ABINADAD JOSÉ MAVÁREZ MEJÍAS, venezolano, mayor de edad, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V-17.819.336, domiciliado en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio BELVIS DIOSELINA ECHETO MEJÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 130.329 y de igual domicilio. En consecuencia, se ordena rectificar el acta respectiva signada con el Nº 2981, del año 1986, llevada por la Prefectura del Municipio Cabimas, hoy Registro Civil del Municipio Cabimas, en el sentido siguiente: En el asiento de dicha acta donde se lee: "...y de su esposa: DENNIS MEJIA DE MAVÁREZ... deberá leerse: y de su es.....