Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer en razón de la cuantía la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR LA VIA ORDINARIA intentada por los ciudadanos JAVIER HAMM ARTEAGA y ROSSANA MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, Abogados e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 118.134 y 103.069, respectivamente, con domicilio en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil MOLINOS NACIONALES C.A., (MONACA), domiciliada en Puerto Cabello, Estado Carabobo, debidamente constituida por documento inscrito en el Registro Mercantil de la Primera Circunscripción, el 25 de Mayo de 10956, bajo el Nº 30, Tomo 16-A, posteriormente inscrita por cambio de domicilio al .....