Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ha intentado el ciudadano TULIO ENRIQUE RINCÓN OCANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.534.443, domiciliado en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia representado por la Abogada en ejercicio ELIET NATIVIDAD CHIRINOS PIÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 105.216 en contra de la ciudadana ROSA MARGARITA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.867.209, de igual domicilio, declara: PRIMERO: NULAS de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, todas las actuaciones generadas en actas, luego de la consignación de los Diarios Panorama y La Verdad en los cuales aparece publicado el c.....