En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos ANABEL ROSANGELA VALBUENA RAMÍREZ y OVIDIO ANTONIO ALAÑA PEROZO, el día veintitrés (23) de julio de 2005, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Jefatura Civil Municipal de la Parroquia El Mene del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio Nº 12 cursante en actas y ASI SE DECIDE.
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes. Una vez puesta en estado de ejecución la presente decisión expídanse las copias certificadas respectivas y líbrense los oficios correspondientes.