En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el bien mueble (MOTO) anteriormente señalado, descrito y avaluado y hasta por la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000), y se hace entrega del mismo al Depositario Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia.