En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara formalmente embargados ejecutivamente los bienes anteriormente señalados, descritos, identificados y avaluados, y hasta por la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA BOLÍVARES FUERTES CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. F. 5.690,72), y hace entrega de los mismos al Depositario Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia, incluyendo los bienes ya embargados según acta de fecha 23 de los corrientes. Cumplida como ha sido la comisión conferida, se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de la Causa y a la mayor brevedad posible. Certifíquese copia de estas actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor de Medidas.