En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embragados preventivamente los bienes muebles anteriormente señalados, descritos y avaluados y hasta la cantidad de SETENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES (Bs. 78.372.152,oo), y hace entrega de los mismo al Depositario Judicial provisional a los fines de su guarda y custodia.