El Tribunal, vistas las anteriores exposiciones se abstiene de ejecutar la medida de embargo, se ordena remitir el presente despacho con sus resultas al Juzgado de la Causa a la mayor brevedad posible, e igualmente se ordena certificar las presentes actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor. Siendo las tres y veinte minutos de la tarde se dio por terminado el acto.