Habiendo sido desocupado voluntariamente, de bienes y de personas, el inmueble donde se está constituido, en consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace entrega y pone en posesión al Secuestratario Judicial Provisional, del inmueble anteriormente señalado, descrito, identificado y alinderado. Cumplida como ha sido la comisión conferida y por no haber mas diligencias que practicar se ordena remitir el presente despacho al Juzgado de la Causa a la mayor brevedad posible, previa certificación las presentes actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor.