En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el bien inmueble anteriormente señalado, descrito, identificado, alinderado y avaluado, y hasta por la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 58.000,oo), y dejando al notificado en posesión del inmueble. Particípese al Registro Inmobiliario correspondiente participando lo conducente. Cumplida como ha sido la comisión conferida, se ordena remitir el presente despacho con sus resultas al Juzgado de la Causa a la mayor brevedad posible, e igualmente se ordena certificar las presentes actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor.