Este Tribunal DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, EL CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las cantidades de dinero que por concepto de pensión de jubilación, bonos, fideicomiso, retroactivo, utilidades, Prestaciones Sociales y cualquier otro concepto que le pueda corresponder al ciudadano ABDENAGO DE JESUS MUÑOZ CARDOZO, parte demandada en el presente juicio, en su condición de Trabajador jubilado del Instituto Nacional de Canalizaciones (INC) y las cuales se encuentran depositadas en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio- Juez Unipersonal No 1, en razón del convenimiento suscrito por el mencionado ciudadano y la ciudadana GLENYS MARGARITA MUÑOZ DANETA, el día 26 de Julio del año 2.005, fecha en la cual fue debidamente homologado.- SEGUNDO: Esta Jurisdicción Especial Ejecutora de Medidas, le hace saber al Notificado (a) lo siguiente: 1) Que las cantidades Embargadas Preventivamente descr.....