este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Reincorporada a la ciudadana ARELIS BEATRIZ VANEGAS, ya identificada, a sus labores habituales de trabajo, en forma inmediata e incondicional, en cumplimiento de la providencia administrativa No.242, dictada el día 26 de mayo de 2004, por la inspectoria de Trabajo en el Estado Zulia, en cualquier Sociedad Mercantil que pertenezca a la Corporación Guevara, específicamente en la Farmacia José Gregorio II, C.A., donde se esta constituido, con el correspondiente pago de los salarios caídos dejados de percibir por dicha ciudadana, desde la fecha en que fue despedida de su cargo hasta su efectiva reincorporación, tomando en cuenta el salario base mínimo mensual establecido en Decreto por el .....