Este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara formalmente secuestrado preventivamente el inmueble en el cual se encuentra constituído y anteriormente identificado, por ser el mismo que aparece señalado en el despacho comisorio tal y como fue determinado por el experto en este acto en cuanto a ubicación, medidas y linderos, y lo puso en posesión de la parte actora-secuestrataria judicial designada, quien por intermedio de su apoderado judicial lo recibió completamente desocupado para su guarda y conservación.