este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Secuestrado Preventivamente el vehículo anteriormente identificado y determinado, tal y como fue verificado por el perito designado en este acto, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, y lo puso en posesión de la parte actora-secuestrataria Judicial designada, quien por intermedio de su Apoderada Judicial lo recibió y retiró del lugar para su guarda y conservación.