Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente Amparo Constitucional, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena REINCORPORAR, a la ciudadana YULEIVIS MARIA RINCON AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V-7.831.378, quien se encuentra presente en este acto, a sus labores habituales de trabajo, con el consecuente pago de los salarios caídos, en cumplimiento a lo ordenado en la Providencia Administrativa No. 314 de fecha 27 de Agosto de 2009, en virtud de la decisión dictada por el Juzgado de la causa, en fecha 24 de mayo de 2011, donde declaró CON LUGAR la acción de amparo ejercida por los mencionados ciudadanos. Acto seguido la notificada, ciudadana SARAI GONZALEZ MARTINEZ, antes identificada y con el carácter indicado, expuso: "Siguien.....