Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente exhorto, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el inmueble anteriormente identificado, haciendo formal entrega del mismo al Secuestratario Judicial designado Sociedad Mercantil INVERSIONES VILLAPLACER S.A., representada en este acto por su apoderado judicial de la parte actora abogado FREDDY ERNESTO RUMBOS ATENCIO, ya identificado, quien en nombre de su representada declara recibir el inmueble en este acto libre de bienes y de personas