ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por concepto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso y Caja de Ahorros (IFA), le pueda corresponder al ciudadano JACKSON MANNEL ANAHOLE MARRUFO, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A, desde el veintiséis (26) de Marzo de 1994 (fecha en la cual contrajeron nupcias), hasta el día siete (07) de Junio de 2007, (fecha en la cual quedó definitivamente firme la sentencia de divorcio). Las cantidades a retener deberán ser remitidas en figura de Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. CON SEDE EN CABIMAS. EXP. No. 36.539.