Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley impone a la Notificada, ciudadana JULIA AURORA CASTEJON portadora de la Cédula de Identidad No. 9.757.768 de las medidas dictadas por el Juzgado de la causa, las cuales son del tenor siguiente: A) Se le otorga la custodia Provisional del adolescente y del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de conformidad con lo establecido en el Artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la ciudadana JULIA AURORA CASTEJON, titular de la Cédula de Identidad No. 9.757.768; B) Medida Innominada de PERMANENCIA en el inmueble distinguido con el No. 6-A, edificado en la sexta planta del Edificio Amazonas, situado en la calle 59, entre las avenidas 7 y 8 del Sector Zapara.....