El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dando irrestricto cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de la causa, declara formalmente SECUESTRADO, el bien inmueble anteriormente identificado, haciendo formal entrega del mismo a la secuestrataria judicial Ciudadana Laura Morales, ya identificada, designada por el Tribunal de la causa, Juzgado Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, quien declara recibirlo en este acto libre de bienes ajenos y de personas